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Programa de socio colaborador TravelTrex


Aprovéchese de nuestra larga experiencia en el sector turístico, así como de nuestra buena relación calidad-precio. Tanto si se inscribe en nuestro programa de socios colaboradores como agencia de viajes, como si lo hace como administrador web, tenga por supuesto que dispondrá de posibilidades de venta de primera clase bajo las mejores condiciones. Nuestro programa de socios colaboradores es totalmente gratuito y no requiere un volumen de ventas mínimo.

En caso de duda, consulte con nosotros por teléfono al 902 995 017 o por email a info-es@snowtrex.com




Acuerdo para administradores web como socio colaborador SnowTrex

Si quiere formar parte de nuestra página web, lea detalladamente el siguiente acuerdo para socios, donde aparecen los principios legales de la relación entre TravelTrex GmbH (de aquí en adelante denominado contratante) y el socio colaborador (el administrador web, de aquí en adelante denominado socio contractual). El contrato entre ambas partes es en firme. Si está conforme con lo leído, sólo tiene que seleccionar el enlace al final de este párrafo o el del final del texto. De este modo, se realizará automáticamente su inscripción.

El programa de socios colaboradores está basado en un Cookie-Tracking, en el que los cookies de SnowTrex tienen una duración de 30 días. Tras su inscripción en el programa, los socios podrán crear links de cualquiera de las páginas de SnowTrex (principal, destinos, ofertas de última hora, etc.). Para ello, se pueden elegir distintos layouts o white-label que guarden la sintonía de los colores y características del diseño de la página web del socio colaborador. Trabajamos con diferentes medios de publicidad (banners, logos, etc.) que nos ayudan a la hora de realizar un acabado perfecto, rápido y sin complicaciones.



Contenido del acuerdo para socios colaboradores
1. Objeto del contrato
2. Realización del contrato
3. Licencias
4. Montaje y cuidado de la página del socio colaborador
5. Cálculo de la comisión
6. Derechos y obligaciones del contratante
7. Obligaciones del socio contractual
8. Final del contrato
9. Competencia jurisdiccional
10. Modificaciones del contrato
11. Confidencialidad
12. Protección de datos
13. Garantía y responsabilidad
14. Disposición final

1. Objeto del contrato
El objeto del contrato es la unión comercial de los anuncios electrónicos en la página web del socio contractual, con la finalidad de conseguir el uso recíproco de esta colaboración publicitaria y empresarial.

El socio contractual (administrador web) se realiza conforme a los productos publicitarios señalados y a las prestaciones de servicios disponibles en el programa ofrecido por el contratante en su página. El contratante coloca a disposición del socio contractual una elección de medios de publicidad (logotipos, banners, gráficos, textos) en el área personal de socios, así como instrucciones detalladas para la integración del programa en el sitio web del socio contractual. Al realizar el contrato de colaboración, se le asignará un número de agencia de cuatro dígitos. A los links obtenidos en el programa de socios colaboradores y asignados a un número de agencia (cookie de la agencia), se podrá registrar a los clientes que lleguen a través de la página web del socio contractual.

El socio contractual recibe una comisión relacionada con el resultado del volumen real de ventas de productos y servicios, a través de un link directamente vinculado al sitio web del contratante. Los productos y servicios que no se ofertan explícitamente en el programa de administradores web, como por ejemplo, los colocados por otras promotoras o agencias de viajes, quedan desprovistos de cualquier comisión. El cálculo de la comisión se realiza conforme a la cláusula nº 5.

2. Realización del contrato
El contratante pone a disposición un formulario online para la inscripción como socio colaborador. Después del envío de este formulario debidamente cumplimentado, éste es analizado y, en caso de aceptación, será confirmado al socio colaborador por escrito.Un requisito para la aceptación, es que el socio contractual tenga plena capacidad jurídica como empresa.

El socio contractual asegura al contratante que en su página web no hay ni habrá ningún tipo de representación o alusión a actos ilícitos o criminales, como pueden ser pornografía, xenofobia o contenidos de política extremista. En caso de que un cliente tome acciones o reivindicaciones judiciales contra el contratante por algún hecho descrito, el socio colaborador será el responsable de éstos y estará obligado a soportar cualquiera de estas acciones, liberalizando al contratante de toda culpa y soportando todos los costes que ésto pueda conllevar.

3. Licencias
Con la realización del contrato, el socio contractual adquiere un derecho no transmisible con fines publicitarios de uso de los medios colocados en la página del contratante, a través de la producción de links que conducen a la página de éste. Este derecho no incluye autorización para alterar o adaptar las informaciones. Sólo se podrá efectuar ésto en el caso de que el contratante lo autorice por escrito.

Los derechos de autor para la configuración del programa de socios que pone a disposición los medios de publicidad, así como otras informaciones accesibles en la página web del contratante pertenecen al editor de la misma. Esta licencia se extingue con la rescisión del contrato.

Una modificación de la dirección URL de la página web del socio contractual no es ninguna modificación del contrato, dejando intactos los derechos y obligaciones contemplados en el mismo.

4. Montaje y cuidado de la página del socio colaborador
El socio contractual coloca los medios publicitarios, disponibles en el programa de socios, en su sitio web. De este modo se crea el hilo conductor entre su página y la del contratante. Con la ayuda de los códigos de links atribuidos, el sistema de registro del contratante identifica a los clientes que provengan de la página del socio contractual. Los links pueden hacer referencia a varias áreas escogidas. Las alteraciones en los links sólo pueden ser promovidas con el consentimiento del contratante, ya que éste cuenta con el pleno derecho de modificar los mismos.

La creación de promociones complementarias relacionadas con el contratante, sólo podrá realizarse bajo el consentimiento por escrito de éste.

5. Cálculo de la comisión
a) Modo de cálculo
El socio contractual recibe una comisión por ejercer de intermediario entre el cliente y el contratante. El cálculo y el pago se realizan mensualmente; el pago de dicha comisión incluye las reservas cuyo viaje se inicie en ese mes. El porcentaje de la comisión oscila entre un 5 % y un 10 %. El preajuste en el sistema se basa en el 5 %, y comisiones más elevadas serán atribuidas teniendo en cuenta el volumen de ventas y el modo de colaboración. Existen los siguientes seis niveles de comisión:

Socio Startup

Comisión:
5,0%
Volumen de ventas:
hasta 15.000 €

Socio Power

Comisión:
8,0%
Volumen de ventas:
a partir de 50.000 €

Socio Profi

Comisión:
6,0%
Volumen de ventas:
a partir de 15.000 €

Socio VIP

Comisión:
9,0%
Volumen de ventas:
a partir de 75.000 €

Socio Premium

Comisión:
7,0%
Volumen de ventas:
a partir de 30.000 €

Socio Exclusivo

Comisión:
10,0%
Volumen de ventas:
a partir de 100.000 €

A través de su número de agencia y contraseña, el socio contractual tiene acceso online a sus estadísticas personales, para poder informarse acerca de su volumen de ventas actual y su comisión.

El cálculo de la comisión se aplica sobre el volumen de ventas de los viajes del contratante, a través del respectivo número de agencia, dentro de un año comercial (todas las fechas de inicio de viaje entre el 1 de junio hasta el 31 de mayo). La clasificación de la comisión para el siguiente año comercial se realiza de manera automática en junio.

Con la liquidación de la comisión quedan pagados todos los gastos y derechos relacionados con la relación de intermediación.

b) Base del cálculo
La base del cálculo para la provisión es el volumen de venta en euros según el tipo de cambio fijado por el contratante el día de la reserva. El volumen completo de las ventas genera el derecho a la comisión, incluyendo todos los extras reservados. Los costes de anulaciones, las reservas adicionales y las alteraciones o cambios entran en el cálculo de la comisión. El programa de socios colaboradores se basa en un Cookie-Tracking. El cookie de SnowTrex relacionado con el número de empresa correspondiente tiene una validez de 30 días. Sobre esta base son adjudicadas las ventas de dicho socio.

Debido a que el contratante recibe una comisión muy pequeña o nula en la compra de los forfaits (por ejemplo en Ischgl), éstos serán excluidos al hacer el cómputo de la comisión. A excepción, el socio recibe comisión en los siguientes lugares en Francia: La Norma, Val Cenis, Valfréjus, Valmeinier, Chamrousse, la Plagne, Les Coches, La Joue du Loup y Super Dévoluy. En estos lugares se recibe la plena comisión por forfait. También quedan excluidas de la comisión todas las tasas e impuestos incluidas en el precio del viaje, como por ejemplo, las tasas de estancia, el depósito de Keycard o la comisión por pago con tarjeta de crédito.

El socio contractual no tiene derecho a la comisión en caso de que el cliente no cumpla su obligación de pago o sólo la satisfaga en parte. Si el viaje se realizara parcialmente, la comisión se haría sobre el nuevo precio. La comisión sólo se hará efectiva sobre la cantidad satisfecha por el cliente.

Si el viaje reservado no se puede llevar a cabo por motivos de fuerza mayor o por no alcanzar el número mínimo de participantes estipulados, el socio contractual tampoco tendrá derecho a la comisión. En caso de que el viaje sólo se lleve a cabo en parte, la comisión será concedida en proporción del precio del mismo.

c) Comisión adicional sobre extras posteriormente reservados
Los servicios adicionales (extras) como el alquiler de cursos o material, son componentes del producto del contratante. Dado que dichos extras no se reservan (o no pueden reservarse) por motivos técnicos o por desconocimiento del cliente, el contratante se reserva el derecho de informar al mismo sobre las numerosas ventajas de dichos extras inmediatamente después de la reserva. El socio contractual dispone de este servicio de manera gratuita, por lo que el volumen de ventas adicional derivado de los extras es en su favor. La protección de los clientes se mantiene inalterada.



6. Derechos y obligaciones del contratante
El contratante pone a disposición del socio contractual toda la información necesaria relacionada con la correcta colocación de los links. Esta información se encuentra en el área personal de socios, accesible tras la introducción de la contraseña.

El contratante se encarga de administrar las reservas que llegan a través de los links de la página del socio contractual, colocar a disposición de éste las estadísticas de ventas, atender los envíos, las transacciones de pago y de devoluciones, además de todos los servicios relacionados con los clientes.

7. Obligaciones del socio contractual
La responsabilidad de la correcta colocación técnica de los links es exclusiva del socio contractual. Éste debe utilizar sólo los links disponibles en el marco del programa de socios para administradores web. En caso contrario, no se garantiza el correcto registro y pago de la comisión.

El socio contractual es responsable tanto de la colocación, funcionamiento y actualización, como de la veracidad y corrección de los contenidos que coloca en su sitio web, y especialmente de los links a la página web del contratante que incluye. Por ello, el socio contractual garantiza al contratante que el contenido de su página no atenta contra terceros y que no infringe ninguna norma.

Si esto fuera así, él sería el máximo responsable legal, quedando el contratante totalmente ajeno al conflicto. Esta responsabilidad del socio es también válida para los gastos que conlleve la defensa por parte del contratante contra tales acusaciones, por los servicios imprescindibles de un abogado o ante abusos evidentes por parte del socio colaborador. La administración de la página del socio contractual (con nuestros links) no puede llevar a confundir el sitio web del contratante. A excepción de esto, todo lo incluido en el marco del programa de socios colaboradores está ampliamente a disposición de la página del socio contractual. El resto es mencionado en el contrato del socio contractual, que engloba todo lo relacionado con listas de Internet o portales de búsqueda (Google, Yahoo, etc.), anuncios publicitarios con la palabra clave "snowtrex" (con todas sus variantes ortotipográficas), como se puede encontrar en Google Adwords, donde está protegida esta marca.

En caso de infracción, será acordada una multa de 1.500 €. La vigencia de otros derechos está expresamente reservada al contratante. El socio contractual no está autorizado a presentar o aceptar propuestas en nombre del contratante o hacer de representante. Además, queda prohibido ofrecer informaciones a terceros, las cuales puedan despertar impresiones del poder representativo. En caso de violación de estos derechos, el socio contractual será responsable de pagar al contratante una indemnización por los daños causados.

8. Final del contrato
El contrato puede ser finalizado en cualquier momento y sin obligatoriedad de un motivo en especial por cualquiera de las partes. La rescisión del contrato debe efectuarse por escrito. En dicho caso, se eliminarán todos los banners y links de la página del socio contractual, además de perder el derecho a toda comisión. El contratante está obligado a liquidar las cuentas y pagar las comisiones de ventas. También éste tiene derecho a indemnizaciones, tal y como lo indica el contrato.

9. Competencia jurisdiccional
El contrato se realiza bajo la legislación alemana. Las cuestiones o conflictos a tratar sobre el contrato serán acordados en el Juzgado de Colonia.

10. Modificaciones del contrato
El contratante se reserva el derecho de alterar, en cualquier momento, las reglas y condiciones de este acuerdo. El socio contractual será informado vía email de las alteraciones o cambios realizados. Si no fuera efectuada una rescisión del contrato en el período de 7 días desde que fue efectuada la notificación del cambio, ésta se considerará válida y aceptada por el socio contractual.

11. Confidencialidad
Ya que cada parte contratante hace accesible determinadas informaciones comerciales a la otra en el marco de la colaboración, ambas están obligadas a tratar estas informaciones comerciales y financieras, listas de clientes, informaciones sobre precios, compras y ventas (adquiridas oralmente o por escrito) con confidencialidad.

Esto no se aplica ante informaciones generalmente conocidas o provenientes de fuentes accesibles, y que no son fuentes de la parte contratante correspondiente. Esto también será aplicable después de la rescisión del contrato.

12. Protección de datos
Las partes contratantes están obligadas, con ocasión de la ejecución de ese contrato, a tratar con rigor los datos de los clientes según los cánones pertinentes de protección de datos, principalmente en el marco de la Ley Alemana de Protección de Datos.

13. Garantía y responsabilidad
El contratante garantiza la activación de su página web dentro de las posibilidades técnicas actuales. Una responsabilidad no será asumida. Para lo restante, la responsabilidad de los representantes comerciales, asistentes de cumplimiento y ejecución del contratante intencionadamente y por negligencia grave, será limitada.

En caso de haber obligación contractual del pago de una indemnización por la contratante, la responsabilidad por los daños de bienes está limitada a los daños previsibles, siendo la cuantía máxima la comisión del último mes. Para evitar la pérdida de datos, se presupone una responsabilidad por el socio contractual de al menos una vez al día de archivarlos en la base de datos. También en este caso, como en el anterior, la responsabilidad será limitada.

La responsabilidad eventual conforme a la legislación de responsabilidad sobre el producto permanece intacta.

14. Disposición final
Si alguna de las reglas contractuales es ineficaz, ambas partes se comprometen a encontrar conjuntamente una regla que se aproxime al máximo a los objetivos económicos pretendidos por dicha norma. El resto de cláusulas del contrato permanecen inalteradas.

No serán posibles acuerdos orales. Las modificaciones de este contrato deberán realizarse por escrito. Esto también es aplicable para modificaciones de las mismas exigencias de realización escrita.







SnowTrex es una marca de
TravelTrex GmbH
Bonner Str. 484-486
50968 Colonia, Alemania
Tel.: 902 995 017
(0,07 + 0,09 €/min.)
Fax: +49 (0)221 33 60 62952
E-Mail: info-es@snowtrex.com
Internet: www.snowtrex.es
Directores:
Andreas Rühl, Thomas Bartel
Juzgado de Colonia, HRB 31998
CIF: DE 813 076 768
Datos bancarios:
Commerzbank
IBAN: DE91 3704 0044 0120 5863 00
SWIFT-BIC: COBADEFF370